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BASES LEGALES Y CONDICIONES EN LA SOLICITUD DE LOS BONOS DE AYUDA MUTUA DEL AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA
El Ayuntamiento de Estella-Lizarra, pone en circulación unos bonos para tratar de reactivar la economía de la ciudad de Estella-Lizarra, con el objetivo de ayudar a empresas y ciudadanos.
TIPOS DE BONOS
A continuación, se detallan las características y particularidades:
Bonos bonificados: son aquellos con los que los clientes obtienen un descuento de forma gratuita. En concreto un 20% del importe del bono que compre. Esta emisión de bonos es limitada ya que los recursos de los que disponemos son limitados. Para esta octava emisión se cuenta con la aportación que ha realizado el Ayuntamiento de Estella-Lizarra, por un importe de 67.000 €.
ESTABLECIMIENTOS QUE PARTICIPAN EN ESTA ACCIÓN
Los establecimientos sujetos a esta promoción se corresponden con la totalidad de socios de la Asociación de Comerciantes, Hostelería y Servicios de Estella-Lizarra y establecimientos que se han adherido a través de la convocatoria publicada por el Ayuntamiento de Estella-Lizarra (plazo finalizado). Pueden consultarse los establecimientos asociados en la web: www.estellaciudadcomercial.es
SOLICITUD DE BONOS
- Los bonos bonificados podrán ser adquiridos por cualquier persona mayor de 16 años, que realice la compra a través de la página: www.bonosestella-lizarra.com, o en la oficina de la Asociación de Comerciantes de Estella-Lizarra, en la Plaza de Santiago,3.
- Los bonos podrán solicitarse online a través de nuestra web, o adquirirse presencialmente en la oficina de la Asociación.
- En la solicitud del bono debe indicarse, el importe del mismo: 10, 20, 30, 40 o 50€ y el establecimiento donde se desea gastar.
- Una vez finalizado el proceso de compra, su importe queda asignado al DNI de cada cliente, que podrá canjearlo en el establecimiento que haya elegido.
- Al darle al botón final de aceptar, el solicitante del bono acepta las presentes bases.
- A través de este proceso el cliente solicita la reserva de un bono, no implica el pago inmediato, pero sí el compromiso de hacerlo más adelante.
- Las instrucciones para realizar el pago de los bonos las recibirán los clientes a través de un correo electrónico enviado a la dirección que nos han facilitado en su solicitud.
- Los clientes recibirán un código, que será el que tendrán que decir en el establecimiento cuando deseen canjear su bono. Será imprescindible presentar su DNI.
- Limitación en la solicitud de los bonos bonificados, habrá unos filtros en las concesiones, porque el objetivo es poder ayudar a la mayor cantidad de personas posible, y al mayor número de establecimientos. Existen limitaciones por DNI (máximo 150 euros en bonos), establecimiento y ticket de compra (máximo utilización 2 DNI).
- Para cualquier duda, consulta o incidencia se puede contactar con la oficina de la Asociación en el número de teléfono: 948 546070 o en la dirección de correo electrónico: asociacion@estellaciudadcomercial.es
- La Asociación de Comerciantes, Hostelería y Servicios de Estella-Lizarra, se guarda la potestad, de poder variar los plazos en los que la plataforma esté operativa para comprar los bonos.
FORMA DE PAGO
- A través de tarjeta bancaria, en las compras online, a través de la pasarela de pago a nombre de la Asociación de Comerciantes de Estella-Lizarra que actuará de intermediaria. En cumplimiento con la reciente Normativa Europea Payment Service Directive 2 (PSD2) para garantizar la seguridad de las compras online, la Entidad Bancaria del cliente exigirá dos pasos para autentificar la personalidad del comprador. En las compras de bonos que se hagan de forma presencial en la Oficina de la Asociación, se admitirá como forma de pago tarjeta o efectivo.
- Inicialmente solo se hace una solicitud del bono. Una vez recibidas las solicitudes, enviaremos un mail, contestando si está o no autorizado cada uno de los bonos solicitados, y en caso afirmativo, la forma de realizar el pago, estableciéndose como plazo máximo de pago de los bonos: 2 días.
- En el que caso de que un cliente elija un establecimiento, efectúe el pago del bono, y ese establecimiento haya cerrado definitivamente sus puertas, la Asociación es el garante de esta acción y devolverá el importe del bono al cliente o si este lo pide, se le asignará otro establecimiento donde desee gastarlo. Nuestra Asociación siempre será la responsable para el cliente.
CANJE Y CADUCIDADES
- Para canjear los bonos, el solicitante deberá presentar en el establecimiento su DNI de forma física. En caso de no hacerlo, el establecimiento se negará a canjear el bono.
- El cliente dispondrá de un plazo de dos días para proceder al pago de los bonos que le hayan correspondido desde el momento de la notificación. Si transcurrido ese plazo no se ha efectuado el pago, el cliente perderá esos derechos sobre el bono bonificado.
- No será necesario el canje en una única compra. No se devolverá dinero en efectivo. Si el total de la compra es inferior al importe del bono, se guarda la diferencia para una compra posterior y si es superior deberá abonarlo el cliente.
- El periodo máximo para canjear los bonos en los establecimientos adheridos en esta octava edición, finaliza el 6 de enero de 2024. Los bonos sólo podrán utilizarse para canjear compras posteriores al inicio de esta octava campaña.
- Una vez vencido el plazo de caducidad, en caso de que el propietario del bono no lo haya canjeado, dicho bono perderá su valor y ya no podrá ser canjeado.
CONDICIONES LEGALES
- La participación en la promoción supone la aceptación de las presentes bases y del criterio de la Asociación de Comerciantes, Hostelería y Servicios de Estella-Lizarra, en cuanto a la resolución de cualquier cuestión o incidencia relacionada.
- La Asociación, se reserva el derecho a modificar las condiciones de la promoción o sustituirlas por otras de similares características, en el supuesto de existir alguna circunstancia que así lo aconseje y de realizar cambios o modificaciones sobre estas bases.
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